viernes, 25 de abril de 2008

Proyecto: Foro Interdisciplinario por la Prevención de Adicciones

A continuación detallamos el proyecto de ordenanza presentado por nuestro bloque el miercoles 23 de abril y que ingresó al HCD con el número de expediente 129/08.

Visto:
Que, es un deber del Honorable Concejo Deliberente de la Ciudad de Zárate promover la efectiva participación comunitaria en la elaboración e implementación de medidas tendientes a la prevención y asistencia de la adicciones, y;

Considerando:

Que, las adicciones y el consumo de sustancias lícitas e ilícitas son un problema social en aumento en nuestra ciudad que aqueja a todos los sectores sociales,
Que, se presenta dificultoso el tratamiento de esta problemática ya que la edad de inicio en el consumo de alguna de las tantas sustancias dañinas para el organismo y la salud física y mental es cada vez más temprana,
Que, la problemática arriba mencionada debe ser abarcada desde un punto de vista multidimensional e interdisciplinario, ya que esta es la única manera de obtener resultados positivos en este tipo de problemáticas sociales tan delicadas,
Que, las acciones preventivas son vitales y primordiales para anticiparse al problema, debiendo estar basadas principalmente en la comunicación en los ámbitos escolares, comunitarios, laborales, familiares y barriales,
Que, la comunicación tiene por objetivo principal el acceso a la información adecuada como factor determinante para el logro de acciones preventivas satisfactorias,
Que, una vez que el problema se ha desencadenado, la asistencia debe ser inmediata para evitar daños psicofísicos aun mayores,

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Zárate sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1) Créase el Foro Interdisciplinario por la Prevención y Asistencia a las Adicciones dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Municipalidad de Zárate.

Art. 2) El Foro Interdisciplinario por la Prevención y Asistencia a las Adicciones tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a) Ser el representante máximo del municipio en torno a la Prevención y Asistencia de las adicciones.
b) Gestionar acuerdos y convenios con organismos nacionales y/o provinciales, como así también con organizaciones no gubernamentales o instituciones especializadas en el tema.
c) Coordinar programas, talleres y debates en sociedades de fomento, escuelas y barrios de nuestra ciudad, puntualizando en el aspecto informativo para evitar que este problema se ramifique y extienda.
d) Tener participación activa en los medios de comunicación social, ya sean escritos, orales o audiovisuales; ya que los mismos son de fácil acceso para todos los sectores sociales de nuestra ciudad.
e) Incentivar la participación activa y responsable de todos los actores sociales del municipio comprometidos con este problema, ya sean públicos o privados, para lograr acciones conjuntas de prevención, promoviendo una política de promoción integral de la salud.
f) Invitar a autoridades o funcionarios públicos nacionales, provinciales y/o municipales para intercambiar opiniones sobre cuestiones y asuntos relacionados con la prevención y asistencia de las adicciones en el ámbito local, provincial y nacional.
g) Trabajar en conjunto con las diferentes áreas de la Subsecretaría de Salud y la Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social del Municipio.

Art. 3) Podrán formar parte del Foro aquellas organizaciones o entidades gubernamentales o no gubernamentales de reconocida participación social, interesadas en la prevención y asistencia de las adicciones y que actúen en el ámbito territorial del Partido de Zárate. El Foro se organizará y funcionará según criterios de flexibilidad y operatividad.

Art. 4) Después de sesenta días de promulgarse la presente ordenanza los titulares de la Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social del Municipio deberán confeccionar un registro en donde quede asentado que organizaciones y entidades gubernamentales y/o comunitarias no gubernamentales forman parte del presente Foro Interdisciplinario.

Art. 5) El Foro establecerá su organización, sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento interno. Excepto en la elección del presidente, en donde se seguirá el concepto de “Presidencia Pro Témpore”, es decir que todas las organizaciones, instituciones o entidades gubernamentales o no gubernamentales que forman parte del mismo, ejercerán la presidencia rotativa e intercaladamente por el tiempo que determine el reglamento interno del Foro, el cual será elaborado a través de la participación de todos sus integrantes.

Art. 6) La Comisión de Prevención y Asistencia a las Adicciones del Honorable Concejo Deliberante será la encargada de convocar a las reuniones del foro, en las mismas se debatirán y decidirán las medidas a realizar. Los integrantes del Foro deben ser convocados como mínimo a dos reuniones mensuales.

Art. 7) De forma.