Zárate, 4 de marzo de 2008
VISTO:
Lo establecido en el expediente N° 4121- H.C.D. 444/05; y
CONSIDERANDO:
Que, es necesaria la defensa y promoción de los Derechos Humanos creando espacios para el debate, la reflexión y la memoria;
Que, estos espacios deben estar orientados a preservar la memoria colectiva;
Que, el inmueble ubicado en la calle Lavalle 636 de nuestra ciudad fue utilizado como centro clandestino de detención por las fuerzas armadas durante la última dictadura militar;
Que, la preservación de dicho inmueble servirá de reparación simbólica frente a la “detención – desaparición” de numerosos ciudadanos de nuestra ciudad y contribuirá a la garantía de no repetición de los hechos aberrante y de la impunidad de la que gozaron los responsables;
Que, la creación de este tipo de espacios tiene como objetivo principal la exaltación de los valores de verdad, memoria y justicia;
Que, la declaración de “Sitio de Interés Histórico Municipal” al inmueble arriba mencionado es un paso previo e indispensable para la realización efectiva y concreta de espacios para la memoria;
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE del Partido de Zárate, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1°) Declárese: “Sitio de Interés Histórico Municipal” el inmueble ubicado en la calle Lavalle 636 de la ciudad de Zárate cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I; Sección E; Manzana 302; Parcela 20.
Art. 2°) Comuníquese y publíquese en los medios orales, escritos, televisivos del partido de Zárate.
Art. 3°) De forma